El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis), dependiente del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), estableció qué tabla deberán consultar durante noviembre de 2026 las personas que soliciten un ajuste de estatus por una categoría de preferencia familiar

La indicación alcanza a inmigrantes latinos con familiares nacionalizados. Para presentar el formulario I-485 desde Estados Unidos, la fecha de prioridad debe ser anterior al límite correspondiente a la categoría y al país de nacimiento. Si la categoría figura como vigente, identificada con la letra “C”, también se puede iniciar la solicitud, siempre que se cumplan los demás requisitos

Dos tablas con funciones diferentes

El Departamento de Estado publica una tabla de fechas para presentar solicitudes y otra de fechas de acción final. La primera indica cuándo puede comenzar el trámite; la segunda señala cuándo existe disponibilidad para emitir una visa

Por eso, presentar el formulario I-485 no implica que la residencia permanente será aprobada de inmediato. La decisión final depende de que haya una visa disponible según las fechas de acción final

Los límites para las categorías familiares

México tiene una columna propia. Los demás países latinoamericanos, incluido Cuba, aparecen en la columna general

Para la categoría F1, correspondiente a hijos solteros de ciudadanos de 21 años o más, el corte es el 1 de febrero de 2021 para la columna general y el 1 de diciembre de 2008 para México

En la categoría F3, de hijos casados de ciudadanos, las fechas son el 1 de noviembre de 2015 para la columna general y el 1 de diciembre de 2002 para México

Para la categoría F4, de hermanos de ciudadanos, los límites son el 1 de noviembre de 2012 y el 30 de abril de 2001, respectivamente

Familiares inmediatos y cambios por naturalización

Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos tienen visas disponibles sin esperar un cupo anual, aunque deben cumplir las demás condiciones. Para solicitar a sus padres, el ciudadano debe tener al menos 21 años

Cuando el patrocinador se naturaliza, la petición de un cónyuge o de un hijo menor de un residente permanente puede convertirse en una petición de familiar inmediato y conservar la fecha de prioridad

La petición de un hijo adulto soltero suele pasar de la categoría F2B a F1. Sin embargo, el beneficiario puede pedir por escrito permanecer en F2B. Para México, el corte de F2B es el 22 de marzo de 2011, una fecha posterior a la correspondiente a F1

Qué debe revisar cada solicitante

La fecha de prioridad suele ser la fecha en que el familiar presentó correctamente la petición. Una fecha igual al límite publicado no habilita la presentación: debe ser anterior

La aprobación del formulario I-130 fija el lugar en la fila, pero no concede por sí sola la residencia permanente. La tabla indicada se aplica únicamente durante noviembre de 2026 y el Uscis determina cada mes cuál debe utilizarse

Las personas cubanas también pueden estar comprendidas por la Ley de Ajuste Cubano, que establece requisitos propios, entre ellos al menos un año de presencia física